¿Qué es la Sección 245(i)?

La Sección 245(i) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) permite a ciertos inmigrantes ajustar su estatus a residente permanente (Green Card) dentro de los Estados Unidos aunque hayan entrado sin inspección o de forma no autorizada, siempre y cuando:

  • Estén “amparados” (grandfathered) bajo una petición familiar o laboral presentada en o antes del 30 de abril de 2001, y
  • Estuvieran físicamente presentes en EE. UU. el 21 de diciembre de 2000 (si la petición fue presentada entre el 15 de enero de 1998 y el 30 de abril de 2001).

¿Quién puede beneficiarse de esta ley?

Pueden beneficiarse de la Ley 245(i):

  • Inmigrantes que entraron sin visa (sin inspección) y tienen una petición familiar (Form I-130) o laboral (Form I-140) presentada en o antes del 30 de abril de 2001.
  • Beneficiarios principales o derivados (por ejemplo, cónyuges o hijos menores incluidos en la petición original).
  • Personas que actualmente tienen una petición vigente o aprobada, pero cuya entrada irregular les impediría ajustar estatus por las vías normales.

Requisitos principales para calificar

Para beneficiarte de la Sección 245(i) y completar el Suplemento A del Formulario I-485, debes cumplir con lo siguiente:

  • Tener una petición de inmigrante (I-130, I-140 o I-360) o Certificación Laboral (ETA-750) presentada en o antes del 30 de abril de 2001.
  • Si la petición fue presentada después del 14 de enero de 1998, debes haber estado físicamente presente en Estados Unidos el 21 de diciembre de 2000.
  • Tener una base válida para solicitar el ajuste (por ejemplo, ser cónyuge, padre o hijo de un ciudadano estadounidense o residente, o tener una oferta laboral aprobada).
  • Pagar la multa requerida por la ley 245(i), actualmente $1,000 dólares, además de las tarifas normales del Formulario I-485.

El rol del Suplemento A del Formulario I-485

El Suplemento A del Formulario I-485 es un documento adicional que se adjunta cuando una persona busca ajustar su estatus bajo la Sección 245(i).

Este suplemento le informa a USCIS que el solicitante está amparado por esta disposición especial y que, aunque su entrada inicial fue irregular, tiene derecho legal a solicitar la residencia dentro del país.

Este formulario requiere información sobre:

  • La petición original que ampara el beneficio (número de caso, fecha de presentación, categoría).
  • La evidencia de presencia física (si aplica).
  • El pago adicional de la multa exigida por la ley.

Proceso paso a paso

  1. Evaluación de elegibilidad: Confirmar que existió una petición presentada a tiempo (antes del 30 de abril de 2001).
  2. Preparación de la solicitud de ajuste (Form I-485) junto con el Suplemento A.
  3. Reunir evidencia de presencia física y vínculos familiares o laborales.
  4. Presentar la solicitud completa ante USCIS con los pagos correspondientes.
  5. Cita biométrica y posible entrevista de ajuste de estatus.
  6. Si se aprueba, recibirás tu tarjeta de residencia permanente (Green Card) sin haber tenido que salir de EE. UU.

Errores comunes y advertencias importantes

  • Pensar que cualquier petición vieja automáticamente otorga protección 245(i); debe haber sido presentada correctamente y aceptada por el gobierno.
  • No incluir evidencia suficiente de presencia física en 2000 (si aplica).
  • Confundir el Suplemento A con el Formulario I-485 principal.
  • No pagar la multa adicional de $1,000, requisito obligatorio.

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